Micelio
Auto28 de julio de 2015

A- de 2015

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Municipio De Soledad (Atlantico)

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se solicitó a la Corporación emitir pronunciamiento sobre un informe presentado por la Contraloría General de la República, dentro de una actuación especial de fiscalización ordenada en la sentencia T-444/13.

La Sala de Revisión, previo a determinar la procedencia de iniciar el trámite de cumplimiento del referido fallo, dispuso recaudar una información y conocer sobre los procedimientos adelantados por el juez de primera instancia para verificar el cumplimiento de dicha providencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. Previo a determinar si es procedente el inicio del tramite de cumplimiento de la sentencia T-444 de 2013, recaudar la siguiente informacion:
  2. (i) A traves del Ministerio de Hacienda, solicitar al actual promotor del acuerdo de reestructuracion de pasivos del municipio de Soledad (Atlantico) que, en el termino de 5 dias, relacione las actuaciones que ha ejecutado o implementado como consecuencia de la Sentencia T-444 de 2013 y del informe de auditoria emitido por la Contraloria General de la Republica sobre el otrosi numero 3 de 2006, correspondiente al contrato celebrado entre el municipio de Soledad y la sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla S.A, E.S.P., allegando los soportes a que haya lugar.
  3. (ii) Solicitar a la Contraloria General de la Republica, Gerencia Departamental del Atlantico, que en el termino de 5 dias indique los procesos administrativos y judiciales que se iniciaron como consecuencia de la actuacion especial de fiscalizacion ordenada en la Sentencia T-444 de 2013. En caso de haberse iniciado un proceso de responsabilidad fiscal, precisar el numero y el estado de la actuacion, anexando los soportes correspondientes.
  4. (iii) Apremiar al apoderado del municipio de Soledad (Atlantico) para que en el termino de 5 dias, informe el estado actual de la nueva accion de tutela iniciada por la Sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla S.A., E.S.P. contra el promotor del acuerdo de reestructuracion de pasivos del municipio, adjuntando los soportes que sean necesarios.
  5. SEGUNDO. SOLICITAR al Juzgado
  6. Cuarto. Administrativo del Circuito de Barranquilla que, en el termino de 5 dias, detalle los procedimientos que ha adelantado para verificar el cumplimiento de la Sentencia T-444 de 2013, allegando los soportes a que haya lugar.
  7. TERCERO. Proceda la Secretaria General de la Corte Constitucional a notificar la presente decision al solicitante - apoderado del municipio de Soledad (Atlantico) y al representante legal de la Sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla S.A., E.S.P.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJorge Ignacio Pretelt Chaljub
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.