A- de 2015
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Municipio De Soledad (Atlantico)
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se solicitó a la Corporación emitir pronunciamiento sobre un informe presentado por la Contraloría General de la República, dentro de una actuación especial de fiscalización ordenada en la sentencia T-444/13.
La Sala de Revisión, previo a determinar la procedencia de iniciar el trámite de cumplimiento del referido fallo, dispuso recaudar una información y conocer sobre los procedimientos adelantados por el juez de primera instancia para verificar el cumplimiento de dicha providencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. Previo a determinar si es procedente el inicio del tramite de cumplimiento de la sentencia T-444 de 2013, recaudar la siguiente informacion:
- (i) A traves del Ministerio de Hacienda, solicitar al actual promotor del acuerdo de reestructuracion de pasivos del municipio de Soledad (Atlantico) que, en el termino de 5 dias, relacione las actuaciones que ha ejecutado o implementado como consecuencia de la Sentencia T-444 de 2013 y del informe de auditoria emitido por la Contraloria General de la Republica sobre el otrosi numero 3 de 2006, correspondiente al contrato celebrado entre el municipio de Soledad y la sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla S.A, E.S.P., allegando los soportes a que haya lugar.
- (ii) Solicitar a la Contraloria General de la Republica, Gerencia Departamental del Atlantico, que en el termino de 5 dias indique los procesos administrativos y judiciales que se iniciaron como consecuencia de la actuacion especial de fiscalizacion ordenada en la Sentencia T-444 de 2013. En caso de haberse iniciado un proceso de responsabilidad fiscal, precisar el numero y el estado de la actuacion, anexando los soportes correspondientes.
- (iii) Apremiar al apoderado del municipio de Soledad (Atlantico) para que en el termino de 5 dias, informe el estado actual de la nueva accion de tutela iniciada por la Sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla S.A., E.S.P. contra el promotor del acuerdo de reestructuracion de pasivos del municipio, adjuntando los soportes que sean necesarios.
- SEGUNDO. SOLICITAR al Juzgado
- Cuarto. Administrativo del Circuito de Barranquilla que, en el termino de 5 dias, detalle los procedimientos que ha adelantado para verificar el cumplimiento de la Sentencia T-444 de 2013, allegando los soportes a que haya lugar.
- TERCERO. Proceda la Secretaria General de la Corte Constitucional a notificar la presente decision al solicitante - apoderado del municipio de Soledad (Atlantico) y al representante legal de la Sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla S.A., E.S.P.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.